Defensa Fiscal 360
Si el SAT te escribió, no respondas solo.
Te acompañamos desde la primera carta invitación hasta el juicio: revisamos qué te piden, cuidamos los plazos, armamos la respuesta con tu documentación y, si hace falta, presentamos el medio de defensa que corresponda.
El registro es en línea, toma unos minutos, te da un diagnóstico preliminar con tus plazos y no te compromete a contratar.
Lo que se juega en una revisión
Un oficio del SAT casi siempre llega con plazo. Lo que contestes —o dejes de contestar— puede convertirse en un crédito fiscal con actualizaciones, recargos y multas, o en la pérdida de deducciones e IVA acreditable.
En qué te acompañamos
Atendemos cada etapa del procedimiento, desde el aviso más sencillo hasta la controversia ante tribunales.
Cartas invitación
Analizamos qué diferencia detectó el SAT, si procede aclarar o corregir, y preparamos la respuesta con soporte.
Requerimientos de información
Ordenamos la documentación solicitada y la entregamos completa, a tiempo y con una explicación clara.
Revisiones electrónicas
Atendemos la resolución provisional y el oficio de preliquidación dentro del buzón tributario, con pruebas y argumentos.
Revisiones de gabinete y visitas domiciliarias
Te acompañamos en cada requerimiento y acta, analizamos las observaciones y preparamos la respuesta con pruebas, incluida la que corresponde a la última acta parcial o al oficio de observaciones.
Acuerdos conclusivos ante PRODECON
Evaluamos si conviene solicitar un acuerdo conclusivo durante la revisión para aclarar hechos u omisiones con la mediación de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
Recurso de revocación
Si ya hay una resolución, analizamos su legalidad y preparamos el recurso ante el propio SAT.
Juicio de nulidad
Llevamos la controversia ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa cuando es la vía adecuada.
Para quién es
Para quien recibió una comunicación del SAT y quiere atenderla con método, o para quien ya tiene una resolución y necesita valorar cómo defenderse.
Empresas
Personas morales con revisiones de deducciones, IVA, materialidad de operaciones, nómina o comercio exterior.
Personas físicas con actividad
Profesionistas, arrendadores y negocios que recibieron una carta invitación o un requerimiento.
Contadores y despachos
Equipos contables que necesitan respaldo jurídico para un cliente en revisión o en litigio.
Cómo funciona
Todo empieza con el registro de tu caso en línea. Ten a la mano el oficio que recibiste y la fecha en que te lo notificaron: con ella calculamos tus plazos.
Nos cuentas tu caso
Registras qué te llegó del SAT, cuándo te lo notificaron y con qué evidencia cuentas.
Diagnóstico preliminar y folio
En ese momento ves tus plazos, un semáforo de riesgo y recibes un folio sellado para dar seguimiento.
Revisión del despacho
Un abogado revisa el acto de autoridad, la etapa en que estás, los plazos que corren y la documentación disponible.
Propuesta y estrategia
Te enviamos el alcance y la propuesta. Si la aceptas, ejecutamos la estrategia y te informamos de cada avance.
Qué recibes
Un trabajo ordenado y por escrito, para que sepas en todo momento dónde estás parado.
- Diagnóstico por escrito del acto de autoridad: qué te piden, en qué etapa estás y qué opciones tienes.
- Calendario de plazos del caso, con las fechas límite identificadas desde el inicio.
- Lista de documentos e información que se necesitan, y quién debe conseguirlos.
- Escritos de respuesta, aclaración o defensa preparados y presentados en tiempo.
- Informes de avance en cada etapa y explicación de cada actuación de la autoridad.
El resultado de cada asunto depende de los hechos, de la documentación disponible y del criterio de la autoridad y de los tribunales; por eso no prometemos resultados. Lo que sí hacemos es revisar tu caso a fondo, cuidar los plazos y defender tu posición con los elementos que existan. Esta página es informativa y no sustituye la asesoría sobre tu caso concreto.
Honorarios
Cobramos solo sobre el importe del crédito fiscal. Si no hay crédito, no hay honorario, y no hay mínimo.
- 12 % sobre el primer $1,000,000 del crédito.
- 8 % sobre la parte entre $1,000,000 y $5,000,000.
- 5 % sobre la parte que exceda $5,000,000.
- El diagnóstico, las cartas invitación, los requerimientos y las revisiones que no terminan en un crédito no tienen costo.
Importes más IVA. El amparo y los peritajes se cotizan aparte. Las condiciones de tu asunto quedan por escrito en la propuesta.
Empieza con un diagnóstico
Cuéntanos qué te llegó del SAT. Al registrar tu caso ves tus plazos al momento; luego lo revisamos y te enviamos una propuesta.
Correo: contacto@prm360.com.mx